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Guía · Permisos de filmación

Permisos para filmar en la Ciudad de México: guía 2026

Qué trámite necesita tu rodaje en la Ciudad de México, cuánto cuestan los derechos en 2026 y qué permisos federales se suman si filmas en zonas del INAH, áreas naturales o con dron.

Actualizado el 29 de septiembre de 2026

Para filmar en la Ciudad de México tramitas ante la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México (CFILMA): un Aviso gratuito, presentado al menos 12 horas antes, si usas plazas, banquetas o jardines sin cerrar el tránsito, o un Permiso de Filmación con pago de derechos si filmas en la vía pública. En 2026 esos derechos van de $1,382 MXN por día y locación (impacto regular) a $20,679 MXN (impacto extraordinario), con 50 % más en el Centro Histórico, según el Código Fiscal de la CDMX, art. 269.

Si la locación es un monumento o museo del INAH, un área natural protegida o una toma aérea con dron, hay que sumar un trámite federal. Esta guía resume cada uno con su artículo y su fuente oficial, revisados el 29 de septiembre de 2026.

Aviso, permiso o nada: qué trámite necesita tu rodaje

La Ley de Filmaciones del Distrito Federal (texto vigente, última reforma en la Gaceta Oficial del 9 de mayo de 2012) distingue tres casos. El criterio es cuánto afectas el espacio público, no el tamaño de la producción.

SituaciónTrámiteCostoPlazoFundamento
Inmueble privado (casa, oficina, foro), vehículos en lugares permitidos y sin obstruir el pasoNinguno ante CFILMASin derechosNo aplicaArt. 22
Bienes de uso común (plazas, banquetas, jardines) sin impedir el tránsito vehicular: estacionar la producción, cargar y descargar, instalar cámaras, iluminación, grúas o cableadoAviso de FilmaciónGratuitoAl menos 12 horas antesArts. 25 a 27
Vía pública, vehículos que impidan la circulación, carga y descarga en vías primarias o secundarias, escenas de acción, efectos especiales o vehículos en movimientoPermiso de FilmaciónDerechos del art. 269 del Código FiscalSi falta un requisito, CFILMA te previene en máximo 2 días hábilesArts. 29, 31 y 32
Vía pública con urgencia justificada en la solicitudPermiso urgenteDerechos del art. 269CFILMA resuelve en máximo 24 horasArts. 36 y 37

Además del aviso o el permiso, la productora debe estar inscrita, de forma temporal o definitiva, en el Registro de Productores de CFILMA (art. 20). La ley exceptúa las filmaciones periodísticas, las estudiantiles con carta aval y las de uso personal (art. 21), pero un comercial, un videoclip o un contenido de marca no entra en esas excepciones.

CFILMA recibe avisos y permisos en línea por su Sistema de Administración de Avisos y Permisos (SAAP), según su manual de usuario.

Costos oficiales 2026 del permiso de filmación en la CDMX

El artículo 269 del Código Fiscal de la Ciudad de México cobra por día y por cada locación. Estas son las cuotas del texto vigente, reformadas en la Gaceta Oficial del 19 de diciembre de 2025:

Tipo de permisoDerechos por día y locación (MXN)
Filmación de impacto regular$1,382.00
Filmación de alto impacto$6,893.00
Filmación en vías de tránsito vehicular$6,236.00
Filmación de impacto extraordinario$20,679.00
Permiso urgente de filmación$13,794.00
Modificación de permiso$1,382.00
Prórroga de permiso$1,382.00
Dentro del perímetro del Centro Histórico+50 % sobre la cuota

Confirma la cuota con CFILMA antes de pagar. El artículo trigésimo primero transitorio del decreto de reforma dice que estas cuotas por impacto entran en vigor el día que lo haga la nueva Ley de Filmaciones de la Ciudad de México, y que mientras tanto rige una tabla por tipo de vía (por ejemplo, $953.50 en vías peatonales y $4,754.50 en vías de tránsito vehicular, cifras que no aparecen actualizadas a 2026 en el Código). Hasta que la Comisión te confirme cuál aplica, presupuesta con la tabla más alta.

Los estudiantes de la Ciudad de México debidamente acreditados no pagan estos derechos. Tres locaciones en dos días son seis pagos.

Filmar en el Centro Histórico

El recargo de 50 % aplica al perímetro vial que describe el mismo artículo 269: Eje 1 Poniente y calle Violeta, Paseo de la Reforma hasta las glorietas Simón Bolívar y José de San Martín, Eje 1 Norte (Rayón y Granaditas), Eje 1 Oriente (Vidal Alcocer y Anillo de Circunvalación), Fray Servando Teresa de Mier, Eje Central Lázaro Cárdenas hasta Avenida Juárez y de ahí hasta El Caballito.

En espacios patrimoniales hay que acatar los lineamientos de protección federales o locales (Ley de Filmaciones, art. 21), y si la toma entra a un inmueble bajo custodia del INAH necesitas además la autorización federal que se explica abajo.

Zonas del INAH, áreas naturales protegidas y drones

INAH: zonas arqueológicas, monumentos y museos

Filmar con equipo profesional en una zona arqueológica, un monumento o un museo del INAH requiere el trámite INAH-01-001. Los derechos están en la Ley Federal de Derechos, art. 288-D (última reforma DOF 07-11-2025):

  • Filmación o videograbación con fines comerciales: $15,915.57 MXN por día.
  • Tomas fotográficas: $7,957.68 MXN por día.
  • Instituciones públicas dedicadas a la cultura, la ciencia o el arte: pagan el 40 % en filmación y el 60 % en foto.

El anexo de cuotas 2026 del INAH redondea la filmación a $15,916 MXN por día.

Áreas naturales protegidas (CONANP)

El Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales Protegidas, art. 88, fracción XI, exige autorización de la Secretaría para filmaciones, fotografía o captura de imágenes o sonidos con fines comerciales que requieran un equipo de más de un técnico especializado como apoyo a quien opera el equipo principal.

Las cuotas de acceso y los plazos cambian por área: confírmalos con la dirección del área natural protegida antes de fijar fechas.

Drones: AFAC y NOM-107-SCT3-2019

La NOM-107-SCT3-2019 (DOF 14-11-2019) regula los drones, que la norma llama RPAS. La autoridad es la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC). Para un comercial con un dron micro (hasta 2 kg), que es lo más común en publicidad, estas son las reglas:

TemaQué pide la normaNumeral
ClasesMicro hasta 2 kg · pequeño de más de 2 kg hasta 25 kg · grande de más de 25 kg4.9.1
RegistroFolio de registro del dron si pesa más de 250 g, con copia en la estación de control5.1.1 a) y h)
SeguroPóliza de responsabilidad civil vigente por daños a terceros para uso comercial (Ley de Aviación Civil, art. 72)5.2.1 a)
Altura máxima122 m (400 ft); 100 m entre 9.2 y 18.5 km de los aeródromos listados en la norma5.1.1 b) y d)
Distancia al pilotoMáximo 457 m en horizontal y siempre a línea de vista5.1.1 c) y 5.1.2
Aeródromos y helipuertosAl menos 9.2 km de cualquier aeródromo y 0.9 km de cualquier helipuerto; dentro de esos radios, solo con autorización especial4.10.1, 4.10.2 y 8.2.2
PersonasNo volar sobre personas ajenas a la operación; mantener 10 m de distancia perimetral (drones de más de 250 g)5.1.1 f)
NocheRequiere autorización especial8.1.2
Fotografía métrica o percepción remotaAutorización del INEGI5.2.1 c)

En la Ciudad de México el Aeropuerto Internacional y los helipuertos dejan poco espacio libre: mide la distancia de cada locación antes de prometer una toma aérea. Los drones pequeños y grandes piden además una autorización de operación emitida por la autoridad aeronáutica (numerales 6.2.1 y 7.2.1); revísalo si tu dron pesa más de 2 kg.

Guadalajara y Monterrey: quién da el permiso

Fuera de la CDMX, el permiso de vía pública depende del estado y del municipio. Estos son los procesos que publican las instancias oficiales:

CiudadInstanciaCómo funcionaFuente
Guadalajara y zona metropolitana (Jalisco)Dirección Filma en Jalisco, de la Agencia Estatal de Entretenimiento de JaliscoFilmar en vía pública o si obstruyes el tránsito requiere aviso o permiso de la Dirección (art. 32). El aviso es gratuito y el permiso paga derechos según las leyes de ingresos correspondientes (art. 33). La Dirección apoya en la gestión de autorizaciones de bienes federales o municipales.Ley de Filmaciones del Estado de Jalisco
Monterrey y zona metropolitana (Nuevo León)Filma Nuevo León (Secretaría de Turismo) y el municipio de la locaciónEnvías la Solicitud de Apoyo de Filmación a filmanl@nuevoleon.gob.mx; Filma NL valida con el municipio disponibilidad, seguridad, tránsito, protección civil y parques. El municipio emite el permiso y Filma NL entrega una carta de apoyo.Guía del Productor de Filma NL (31-08-2026)

No encontramos publicadas las tarifas municipales 2026 de Guadalajara, Zapopan ni Monterrey: confírmalas con la autoridad al solicitar el permiso.

Checklist y calendario de trámites

Los plazos legales son cortos (12 horas para un aviso, 24 horas para un permiso urgente), pero los trámites federales y las locaciones privadas tardan más. Este es el orden que seguimos en preproducción; las semanas son nuestra recomendación de producción, no un plazo oficial.

  1. Semana 1: define locaciones y tipo de trámitePara cada locación decide si es privada (art. 22), bien de uso común (aviso) o vía pública (permiso), y si toca Centro Histórico, INAH, área natural protegida o espacio aéreo restringido.
  2. Semana 1: Registro de ProductoresSi la casa productora no está inscrita en CFILMA, haz el registro temporal o definitivo antes que cualquier otro trámite.
  3. Semanas 1 y 2: trámites federalesIngresa el INAH-01-001, la autorización de área natural protegida o la autorización especial de dron. Son los que más tiempo toman; confirma el plazo con cada autoridad.
  4. Semana 2: contratos de locación y segurosFirma la autorización por escrito del dueño de cada locación privada. Confirma con CFILMA si tu permiso pide póliza de responsabilidad civil y ten lista la del dron (NOM-107, 5.2.1).
  5. Semana 2 o 3: permiso de CFILMASolicita el permiso por SAAP con plan de rodaje, horarios, vehículos y cortes de circulación. Paga los derechos: sin pago no se expide (art. 29). Deja al menos 2 días hábiles por si hay prevención (art. 32).
  6. 12 horas antes, como mínimo: avisosPresenta el aviso gratuito de cada locación de uso común. Hazlo antes; la ley solo marca el mínimo.
  7. Día de llamadoLleva en la locación el permiso o aviso sellado, el folio y la póliza del dron y la autorización del INAH si aplica.
  • Cambios de fecha o de locación: tramita modificación o prórroga ($1,382 MXN cada una en la tabla vigente del art. 269).
  • Emergencias: el permiso urgente cuesta $13,794 MXN por día y locación, casi diez veces el de impacto regular. Planear a tiempo sale más barato.

Cómo lo resolvemos en un proyecto con B.CONTENT

En nuestros proyectos los permisos son parte de la preproducción, junto con guion, casting y locaciones. Si vas a producir un comercial o un videoclip en México, incluimos en la propuesta qué trámites necesita cada locación y cuánto suman los derechos, para que el costo del permiso no aparezca después del rodaje.

Cuéntanos locaciones, fechas y si hay tomas con dron en el formulario de cotización; te respondemos en 24 horas hábiles.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Necesito permiso para filmar un comercial en la calle en la CDMX?
Sí. Filmar en la vía pública requiere Permiso de Filmación de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México (CFILMA), con pago de derechos (Ley de Filmaciones, arts. 29 y 31). Si solo usas banquetas, plazas o jardines sin obstruir el tránsito vehicular, basta un Aviso gratuito presentado al menos 12 horas antes (arts. 25 a 27).
¿Cuánto cuesta el permiso de filmación en la CDMX en 2026?
El Código Fiscal de la CDMX (art. 269, cuotas reformadas en la Gaceta Oficial del 19-12-2025) fija desde $1,382 MXN por día y por locación para una filmación de impacto regular, hasta $20,679 MXN para impacto extraordinario, con 50 % adicional en el Centro Histórico. Un transitorio del mismo Código conserva otra tabla por tipo de vía mientras no entre en vigor una nueva ley, así que confirma con CFILMA la cuota exacta antes de pagar.
¿Filmar en una casa o foro privado requiere permiso?
No ante CFILMA, siempre que los vehículos se estacionen en lugares permitidos y no se obstruya el paso vehicular ni peatonal (Ley de Filmaciones, art. 22). Sí necesitas la autorización por escrito del dueño de la locación y cumplir las medidas de seguridad.
¿Cuánto cobra el INAH por filmar en una zona arqueológica o museo?
La Ley Federal de Derechos, art. 288-D, fija $15,915.57 MXN por día de filmación o videograbación con fines comerciales y $7,957.68 MXN por día de tomas fotográficas. El trámite es el INAH-01-001 y se suma a cualquier permiso local.
¿Puedo volar un dron para un comercial en la CDMX?
Solo si cumples la NOM-107-SCT3-2019: folio de registro del dron, seguro de responsabilidad civil vigente, máximo 122 metros de altura, línea de vista, sin volar sobre personas ajenas a la operación y a más de 9.2 km de cualquier aeródromo salvo autorización especial de la autoridad aeronáutica. Cerca de aeropuertos y helipuertos la toma se planea con tiempo o se cambia de locación.

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